Inteligencia Artificial y Delitos en España
El uso creciente de sistemas de inteligencia artificial (IA) ha dado lugar a nuevas formas de criminalidad que desafían los límites tradicionales del Derecho Penal. En este artículo se analizan las principales conductas delictivas que emergen del uso de la IA en España, su encaje actual en el Código Penal y los problemas que plantea su regulación.
1. Introducción: El Auge de una Nueva Criminalidad
En los últimos años, el uso de inteligencia artificial se ha multiplicado en sectores como la banca, el comercio, la administración pública y la seguridad. Sin embargo, la capacidad de la IA para tomar decisiones autónomas o procesar grandes volúmenes de información ha facilitado la aparición de nuevas conductas delictivas, algunas ya tipificadas y otras aún en un limbo legal.
2. Conductas Delictivas Facilitadas por IA
a) Estafas y fraudes automatizados
Los sistemas de IA se han usado para generar mensajes, llamadas y correos electrónicos falsos extremadamente realistas, mediante técnicas como:
- Phishing con IA generativa
- Suplantación de voz e imagen (deepfakes) para simular a directivos y ordenar transferencias.
➡️ Posible encaje legal: art. 248 CP (estafa), pero con dificultades probatorias si no hay autor identificable.
b) Elaboración y difusión de deepfakes con fines delictivos
La creación de vídeos falsos hiperrealistas mediante IA ha sido usada para:
- Difamación (art. 205 y ss. CP)
- Delitos contra la libertad sexual, como la creación de pornografía falsa sin consentimiento (podría integrarse en el art. 197.7 CP tras la reforma de la Ley Orgánica 10/2022)
➡️ Problema penal: la dificultad de atribuir autoría y probar la intención dolosa cuando se usan plataformas automatizadas o anónimas.
c) Ataques automatizados y acceso ilegítimo a sistemas (ciberdelincuencia)
Los algoritmos también permiten:
- Automatizar ataques de denegación de servicio (DDoS).
- Robar datos personales mediante scraping masivo y procesamiento automático.
➡️ Encaje legal: arts. 197, 264 y 264 bis del CP (delitos contra la intimidad y daños informáticos).
d) Manipulación de procesos democráticos y desinformación
La IA también se ha usado para manipular la opinión pública mediante:
- Bots generadores de contenido falso en redes sociales.
- Vídeos o imágenes falsificadas durante procesos electorales.
➡️ Aunque no hay un tipo penal específico, podría considerarse:
- Un delito contra los derechos fundamentales (arts. 510 y 542 CP)
- O incluso una conducta desinformativa relacionada con el fraude masivo.
3. Lagunas y desafíos del Derecho Penal actual
- Dificultad de imputación: ¿Quién responde penalmente si el sistema actúa de forma autónoma?
- Tipicidad fragmentada: muchas de estas conductas no están contempladas expresamente en el Código Penal.
- Prueba digital: los algoritmos pueden ser opacos (black box), lo que complica la trazabilidad del hecho delictivo.