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Abogado Usurpación de Vivienda Tenerife

Ocupación ilegal | Recupera la posesión

Especialistas en usurpación y ocupación ilegal

En Hernández Abogados te ayudamos a recuperar tu vivienda o local frente a una ocupación sin título. Valoramos la vía penal (art. 245 CP) con solicitud de desalojo cautelar y, en su caso, la vía civil (desahucio por precario o tutela sumaria de la posesión).

Preparamos la denuncia, los requerimientos y la demanda adecuada. Te representamos en todas las fases: medidas cautelares, vista y lanzamiento/desalojo. Desde el 01/04/2025 el MASC es exigible en vía civil (salvo excepciones); no aplica en la vía penal.

Abogado usurpación de vivienda en Tenerife

Habla ahora con un abogado de usurpación de vivienda

Respuesta prioritaria. Confidencial y sin compromiso.

Atención urgente penal y civil. Horario de oficina con respuesta prioritaria.

Guía rápida Desahucio por Usurpación de Vivienda · Tenerife

Documentación imprescindible

Acredita propiedad/posesión y ocupación sin título.

  • Título de propiedad (escritura/nota simple) o contrato de posesión legítima.
  • Identificación del inmueble: certificación registral/catastro, llaves, fotos.
  • Pruebas de ocupación: testigos, consumos, vídeos y acta notarial si existe.
  • Denuncia/atestado policial (si ya se presentó) y requerimientos previos.
  • Datos de ocupantes si son conocidos y historial de intentos de acceso.
  • Suministros: contratos/recibos que no autorizan el uso.
Tip: Si hay riesgo, denuncia penal inmediata con solicitud de desalojo cautelar y medidas de protección.

Cómo se tramita la usurpación

Combinamos vía penal (art. 245 CP) y vía civil (precario/tutela sumaria).

  1. 1. Denuncia penal por usurpación con solicitud de desalojo cautelar e identificación de ocupantes.
  2. 2. Vía civil alternativa: desahucio por precario o tutela sumaria de la posesión, según el caso.
  3. 3. Admisión y requerimientos: requerimiento de desalojo; puede señalarse lanzamiento en la resolución civil.
  4. 4. Vista si hay oposición (p. ej., título aparente o vulnerabilidad alegada).
  5. 5. Sentencia/Desalojo: auto de medidas en penal o lanzamiento en civil; entrega efectiva.
No existe enervación: el pago de rentas no legitima una ocupación sin título.

Plazos orientativos

Según vía elegida, juzgado y complejidad.

Denuncia + medidas (penal) · días–semanas
Demanda + admisión (civil) · 2–6 semanas
Oposición + vista (si procede) · 1–2 meses
Resolución · 2–6 semanas
Desalojo/Lanzamiento · 1–3 meses

Media aproximada (civil): 2–6 meses. En penal, el desalojo cautelar puede acordarse con mayor celeridad.

FAQ rápidas

Dudas habituales en usurpación.

¿Penal o civil?
Estudiamos el caso: penal (usurpación, medidas de desalojo) y/o civil (precario/tutela). Compatibles según circunstancias.
¿Es cierto lo de las “48 horas”?
Es un mito. Solo la allanamiento de morada permite actuación policial inmediata. En usurpación se requiere resolución judicial.
¿Se fija fecha de lanzamiento al inicio?
En la vía civil, puede señalarse en la admisión. En la vía penal, cabe desalojo cautelar por auto.
¿Es obligatorio el MASC?
No en penal. En civil es exigible desde el 01/04/2025 salvo excepciones.

MASC · Civil desde 01/04/2025

Intento previo de solución: solo para la vía civil.

Vías: negociación asistida, oferta vinculante confidencial, conciliación, mediación.
Acuerdos tipo: entrega de llaves en fecha, salida pactada, compensaciones.
Ventajas: reduce tiempos/costes; puede evitar costas si hay allanamiento tras el intento.
Excepciones: supuestos urgentes/legales. Evaluación individual.
Guía paso a paso

Esquema básico del Desahucio por Usurpación de Vivienda en Tenerife

De la denuncia y medidas al lanzamiento/desalojo.

Denuncia + Medidas

Denuncia penal por usurpación (art. 245 CP) con solicitud de desalojo cautelar, identificación de ocupantes y protección de la finca.

Demanda civil

Desahucio por precario o tutela sumaria de la posesión para obtener lanzamiento y restitución. Compatible con la vía penal.

Resolución y desalojo

Auto de medidas o sentencia. Se ejecuta el desalojo y la entrega efectiva de la posesión con cerrajero si procede.

Plazos orientativos

Denuncia + medidas (penal) · días–semanas
Admisión y requerimiento (civil) · 2–6 semanas
Vista (si oposición) · 1–2 meses
Resolución · 2–6 semanas
Ejecución/Desalojo · 1–3 meses

Plazo total habitual (civil): 2–6 meses. La vía penal puede agilizar el desalojo cautelar.


Preguntas frecuentes sobre Usurpación de Vivienda


¿Qué puedo pedir si hay usurpación?

¿Cuál es la diferencia con el allanamiento de morada?

¿Puedo cortar suministros?

¿Necesito abogado y procurador?

¿Cómo afecta la vulnerabilidad de los ocupantes?

Trato directo con abogado experto en desahucio en precario

Atención directa del abogado responsable de tu procedimiento. Sin intermediarios, con enfoque a resultados y tiempos.

Actuamos en todo Tenerife: preparación de demanda, vista, sentencia y ejecución de lanzamiento.

Contacto

Dirección
Calle Castillo, Nº 62, Tercera Planta, Esc. E
38003 Santa Cruz de Tenerife
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L–V · 09:00–19:00