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HERNÁNDEZ ABOGADO

Abogado malversación en Tenerife

Javier Hernández Hernández, abogado penalista en Tenerife, especializado en la defensa frente al delito de malversación conforme a los arts. 432–435 del Código Penal. Intervenimos desde la primera diligencia: pericial económico-financiera, trazabilidad del gasto, contratación pública, responsabilidad contable y revisión de nulidades.

Art. 432 CP (apropiación) Art. 432 bis (uso privado) Art. 433 (aplicación diferente) Art. 434 (atenuación)

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Defensa técnica en delitos de malversación

Conformamos un mapa de flujos (ingresos/gastos), conciliación bancaria, expedientes de contratación, intervención y fiscalización. Aportamos pericial económico-contable y documental para demostrar destino público o ausencia de perjuicio, y diferenciamos irregularidad administrativa de conducta penalmente típica.

📞 Urgencias penales: 628 620 981

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Prueba clave: trazabilidad y contratación

Revisamos pliegos y adjudicaciones, modificados, encomiendas y subvenciones; contrastamos ejecución y justificación del gasto, cuentas justificativas, contabilidad y auditorías. Verificamos beneficiarios reales, conflictos de interés y posible concurso con otros delitos (p. ej., prevaricación).

Supuestos habituales de malversación

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Preguntas frecuentes: malversación


La apropiación o el consentimiento de apropiación de caudales o efectos públicos por autoridad o funcionario con ánimo de lucro, valorando el perjuicio y el destino del gasto.
El art. 432 bis CP sanciona el uso privado de bienes/recursos públicos. Si el responsable no reintegra en 10 días, pueden aplicarse las penas del art. 432.
Destinar fondos a fines públicos distintos a los previstos, valorándose si hubo daño o entorpecimiento grave del servicio como elementos de gravedad.
El art. 434 CP prevé atenuación por reparación íntegra del daño o colaboración eficaz. También existe tipo atenuado por cuantía reducida (art. 432.3 CP).

Contacto:

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info@hernandezhernandez.com

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Número: 628 620 981

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